Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 236/2002-R
Fecha: 06-Mar-2002
3.
3. Que, ante dicha determinación la recurrente presentó reclamos ante la Viceministra de Educación, la Directora del Servicio Departamental de Educación dependiente de la Prefectura de La Paz, al Defensor del Pueblo, a la Directora de Desarrollo Social y al Ministro de Educación (fs. 10-11, 12-13, 16-17, 18 y 19-20).