Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 284/2002-R
Fecha: 18-Mar-2002
4)
4) No consta en el expediente remitido a este Tribunal, documentación que acredite que el Fiscal remitió antecedentes y puso al imputado a disposición del Juez Cautelar; empero, por el cargo puesto al pié del informe de fs. 12, se evidencia que el 24 de enero de 2002 a horas 8:30 se puso en conocimiento del Fiscal recurrido la aprehensión realizada, habiendo interpuesto el presente Hábeas Corpus el recurrente, el mismo 24 de enero a horas 14:30.