Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL Nº 151/2002-CA
Fecha: 17-Abr-2002
Fragmento 5
Que, en el caso de autos, Marcelo Paz Navajas solicita se promueva el Recurso Indirecto o Incidental de Inconstitucionalidad argumentando que debieron haber sido las Cortes Superiores del Distrito de La Paz y Santa Cruz quienes debieron dirimir el conflicto de competencias suscitado entre el Juez Segundo de Partido en lo Civil de La Paz y el Juez Quinto de Partido en lo Civil de Santa Cruz correspondiente a los procesos civiles ordinarios seguido por PAN ANDEAN RESOURCES PLC contra INTERGAS LTDA. y viceversa, sin fundamentar la inconstitucionalidad y la relevancia que tendría aquélla en la decisión del proceso.