Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 348/2002-R
Fecha: 02-Abr-2002
Por tanto:
Por tanto: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV y 120-7ª de la Constitución Política del Estado; 7-8ª) y 102-V de la Ley Nº 1836, REVOCA la Resolución de fs. 29-31 pronunciada el 18 de enero de 2002 por la Sala Civil de la Corte Superior del Beni y declara PROCEDENTE el Recurso con costas, y deja sin efecto el desalojo dispuesto por el Fiscal recurrido ANULANDO el requerimiento de 16 de noviembre de 2001.