SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 35/2002
Fecha: 03-Abr-2002
CONSIDERANDO IV
IV.4 Enviado el expediente a la Sala Social y Administrativa Primera en 03 de octubre de 2001 (fs. 42), se devuelve el mismo a conocimiento de la Sala Social y Administrativa Segunda, que pronuncia el Auto de 04 de octubre de 2001 por el que se señala que no corresponde el Auto de fs. 317 (que dejó sin efecto el sorteo), por lo que se lo revoca, reasumiendo competencia (fs. 43).
IV.5 La Sala Social y Administrativa Segunda por Auto Supremo 75 de 09 de octubre de 2001, declara infundado el Recurso planteado por Romana Delia Libertad vda. de Aliaga y ejecutoriado el Auto de Vista (fs. 44-45), la misma Sala pronuncia el Auto complementario de 27 de octubre de 2001, por el que se dispone no haber lugar a la explicación y complementación solicitada (fs. 48)