Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 356/2002-R
Fecha: 01-Abr-2002
1.
1. Efectuada la audiencia pública el 1 de marzo de 2002, tal como consta en el acta a fs. 12, a la que no asistió el recurrido funcionario policial no obstante su legal citación, el abogado del recurrente se ratifica en la demanda con relación a éste , levantando la denuncia contra el Gobernador de la Penitenciaría de San Pedro, Ramiro Albarracín Tapia, quien se encontraba presente en dicho actuado procesal, sin que haya prestado el informe de rigor.