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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 356/2002-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 356/2002-R

    Fecha: 01-Abr-2002

    Por tanto:

     Por tanto: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 18-III y 120-7ª de la Constitución Política del Estado; 7-8ª y 93 de la Ley N° 1836, APRUEBA la Resolución de fs. 13 a 14 de 1 de marzo de 2002, pronunciada por la  Jueza Segunda de Sentencia del Distrito Judicial de La Paz.

    • Vistos
    • CONSIDERANDO:
    • 1.
    • 2.
    • nadie puede ser detenido, arrestado ni puesto en prisión sino en los casos y según la formas establecidas por ley, requiriéndose para la ejecución del respectivo mandamiento, que éste emane de autoridad competente y sea intimado por escrito.”
    • procedente
    • Por tanto:

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