SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 359/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 359/2002-R

Fecha: 01-Abr-2002

2.

2.   Por su parte el Director Regional de DIPROVE de El Alto por sí y en representación de los otros co-recurridos informa los siguientes aspectos: 1) el 17 de noviembre de 2001, se recibe  denuncia del abandono de un vehículo de dudosa procedencia en la localidad de Tiquina  protagonizado por José Eduardo Terrazas Siles,  procediendo a la elaboración del informe circunstanciado que remitido al Fiscal éste requiere se realicen los actos de pericia del motorizado, se eleve informe de la acción directa y denuncia de extranjeros, se indague el sistema informativo, recepción de las declaraciones de los involucrados y la custodia por parte de DIPROVE; 2) en la investigación se establece que el vehículo es de propiedad de Wilfredo Escobar Orellana quien conjuntamente al chofer y el ahora recurrente ex Capitán de Policía tienen antecedentes penales relacionados con la Ley N°  1008, motivo por el que fue dado de baja, hechos que hacen suponer  se trata de una asociación delictuosa; 3)  no se ha establecido el derecho propietario del recurrente sobre el vehículo por cuanto su abogada exhibió documentos  de venta cuyas firmas no coinciden, hecho que al ser observado motivó que dicha profesional en forma violenta arrebate la documentación abandonando las oficinas sin que retorne hasta la fecha, presumiendo que los documentos son falsos razón que impulsa al Fiscal ordene la investigación del caso por el delito de uso de instrumento falsificado.

El representante del Ministerio Público emite dictamen porque se declare improcedente el Recurso, con el argumento de que por los antecedentes y Diligencias de Policía Judicial se llega al convencimiento de que el vehículo en cuestión era utilizado para hechos delictivos y que el recurrente no ha demostrado su derecho propietario sobre él, por el contrario demuestra ser cómplice en este caso que se encuentra en  investigación.