Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 375/2002-R
Fecha: 04-Abr-2002
3.
3. Concluida la audiencia pública el Tribunal de Hábeas Corpus pronuncia Resolución que declara improcedente el Recurso, con los siguientes fundamentos: 1) el trámite de extradición contra los recurrentes está en curso encontrándose actualmente para sorteo y resolución; 2) no se encuentran indebidamente detenidos ni procesados.