SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 378/2002-R
Fecha: 09-Abr-2002
Considerando:
1. En 30 de enero de 2002, el recurrente presenta su demanda, cursante a fs. 14-15 de obrados, en la que expresa que su persona es socio del Sindicato “Simón Bolivar” desde el 26 de octubre de 1986, actualmente con el microbus con placa de circulación Nº 523-UPN, cumpliendo puntualmente con sus aportes al Sindicato.
De manera arbitraria e ilegal, el 05 de diciembre de 2001, se le pasó el memorando Nº 0119/2001 que dispone su desconocimiento como jefe del grupo “E” de minibuses y se lo suspende como socio conductor hasta una próxima Asamblea, que pese haberse llevado a cabo, el Directorio no dio solución a esta situación.
Para reparar este injusto hecho, acudió a la Federación Sindical de Chóferes “Primero de mayo”, quienes dispusieron que su persona continúe trabajando. Sin embargo el Directorio hace oídos sordos a esa determinación, como tampoco considera las manifestaciones de apoyo realizadas por sus compañeros de trabajo, aspectos éstos que acreditan que se le está negando su derecho al trabajo, violándose el art. 7 incs. b) y d) de la Constitución Política del Estado.
1. Por memorando 0119/2001 de 05 de diciembre de 2001, respectivamente, los recurrentes comunican a Edgar Maqueda Arias que se le desconoce como Jefe del Grupo “E” de minibuses, suspendiéndoselo como socio conductor del Sindicato, hasta la próxima Asamblea General de la institución, por haber incurrido en flagrante desacato al incitar a los miembros de base de su grupo a no asistir al último paro convocado por la Confederación de Chóferes (fs. 2).
CONSIDERANDO: Que el art. 16-IV de la Constitución Política del Estado establece que “Nadie puede ser condenado a pena alguna sin haber sido oído y juzgado previamente en proceso legal; ni la sufrirá si no ha sido impuesta por sentencia ejecutoriada y por autoridad competente”, garantía constitucional que no sólo es aplicable al ámbito de los procesos judiciales, sino a todo proceso que tenga como objetivo la aplicación de alguna sanción, como es un proceso disciplinario.