SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 396/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 396/2002-R

Fecha: 09-Abr-2002

improcedente

Que concluida la audiencia pública, el Tribunal del Recurso declaró improcedente el Amparo fundamentando que no se dan los requisitos exigidos para la interposición del Amparo, pues el Auto que remite al recurrente a la vía ordinaria data de 7 de mayo de 2001; en consecuencia, no existe la inmediatez, además de que dicha resolución admite apelación.