Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 401/2002-R
Fecha: 09-Abr-2002
2.
2. Que, contra el Auto de 5 de noviembre referido, AEROSUR presenta apelación con los mismos fundamentos expuestos en el presente recurso (fs. 210-112), la cual luego del traslado correspondiente, es concedida en efecto devolutivo por auto de 22 de noviembre 2001 (fs. 214), recurso que hasta la fecha de celebración de la audiencia del presente Amparo no fue resuelto, según ha manifestado el mismo recurrente y ha sido corroborado en el informe presentado por los recurridos.