SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 410/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 410/2002-R

Fecha: 09-Abr-2002

2.

2.   Concluida la audiencia el Tribunal de Amparo pronuncia Resolución que declara improcedente  el Recurso,  con  los siguientes fundamentos: a) los demandados tienen su domicilio en La Paz, los que no han sido citados mediante orden instruida por no haberlo solicitado el recurrente; b) ha transcurrido demasiado tiempo para presentar este Recurso, por cuanto mediante él se reponen los derechos en forma inmediata.