SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 465/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 465/2002-R

Fecha: 22-Abr-2002

Por tanto:

Por tanto: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato del los arts. 18-III, 120 7ª de la Constitución Política del Estado; 7-8) y 93 de la Ley 1836, APRUEBA la Resolución cursante a fs. 43, pronunciada el 14 de marzo de 2002, pronunciada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba.

Comprobada como ha sido la temeridad en la presentación de dos Recursos con identidad de sujeto, objeto y causa, envíese antecedentes al Colegio Departamental de Abogados de Cochabamba, a objeto de que conozca la actuación maliciosa de la abogada patrocinante Eliana Nájera y determine lo que corresponda en derecho (arts. 33 y 41 de la Ley de la Abogacía).