Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 468/2002-R
Fecha: 23-Abr-2002
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV y 120-7ª de la Constitución Política del Estado; 7-8ª y 102-V de la Ley N° 1836, REVOCA la Resolución de fs. 213 a 214 de 2 de enero de 2002, pronunciada por la Sala Penal Segunda de la Corte del Distrito Judicial de Santa Cruz y declara IMPROCEDENTE el Recurso planteado y dispone se dé aplicación al art. 102-III) de la Ley N° 1836.