SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 470/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 470/2002-R

Fecha: 23-Abr-2002

PROCEDENTE

3.   La Resolución que sale de fs. 220-221, declara PROCEDENTE el Recurso, con los siguientes argumentos: a) la exclusión como socia de la recurrente, se encuentra en conocimiento de la autoridad jurisdiccional, pero no existe sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada que convalide dicha exclusión, b) los derechos de la recurrente subsisten, dentro del giro social de referencia y c) resultan actos ilegales, no permitir a los apoderados el participar en las reuniones de Directorio.