AUTO CONSTITUCIONAL Nº 244/2002-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL Nº 244/2002-CA

Fecha: 22-May-2002

cuya decisión dependa

Que el artículo 59 de la Ley Nº 1836 establece que el Recurso Indirecto o Incidental de Inconstitucionalidad "procederá en los procesos judiciales o administrativos cuya decisión dependa de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de una ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial aplicable a aquellos procesos..."

Que en el presente Recurso, promovido a instancia de parte, no se da la situación prevista por el citado art. 59 de la Ley Nº 1836, puesto que el juicio contencioso  tributario interpuesto por Freddy Soruco Melgar, Director Nacional de Salud y Bienestar Social de la Policía Nacional contra el Director  del Servicio Nacional de Impuestos Internos, persigue la anulación de Resolución Administrativa Nº 004-008-01 de 5 de julio de 2001,  por lo que el fallo a dictarse no depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la  Resolución impugnada.