AUTO CONSTITUCIONAL Nº 244/2002-CA
Fecha: 22-May-2002
rechaza el incidente
Que, con la respuesta de Jorge Eduardo Zegada Claure, Presidente Ejecutivo del Servicio de Impuestos Nacionales de fs. 121 a 127 del expediente, por Auto de 8 de mayo de 2002, la Juez Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario, Ma. Clara Torres de Oporto de La Paz, rechaza el incidente por estar manifiestamente infundado al no cumplir los requisitos establecidos por el art. 60 de la Ley Nº 1836, además de que la Resolución Administrativa Nº 004-008-01 es objeto de impugnación del proceso contencioso tributario interpuesto por el actor, cuya decisión de validez o invalidez está sujeta al procedimiento establecido en el Código Tributario y al pronunciamiento de la sentencia. Resolución que en cumplimiento a lo dispuesto por el art. 62-1) de la citada Ley Nº 1836, es elevada en consulta ante este Tribunal.