Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 534/2002-R
Fecha: 08-May-2002
comprende a los Ministros de la Corte Suprema de Justicia, Magistrados del Tribunal Constitucional, Vocales de Corte y Jueces
“CONSIDERANDO: Que el art. 116-VI de la Constitución Política del Estado establece que los “magistrados y jueces son independientes en la administración de justicia y no están sometidos sino a la Constitución y a la Ley. No podrán ser destituidos de sus funciones, sino previa sentencia ejecutoriada”, normativa ésta que, al tratarse de las disposiciones generales del Poder Judicial, comprende a los Ministros de la Corte Suprema de Justicia, Magistrados del Tribunal Constitucional, Vocales de Corte y Jueces de la República, que son los encargados de administrar justicia en el país”.