Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 576/2002-R
Fecha: 21-May-2002
IMPROCEDENTE
3. La Resolución que sale de fs. 148-149, declara IMPROCEDENTE el Recurso, con los siguientes argumentos: a) no puede considerarse como acto ilegal el hecho de no haber ascendido al recurrente al grado de General, que es resultado de informes y calificaciones que se dieron en forma puntual y concreta, b) es atribución del Presidente de la República proponer al Senado ascensos a General, acompañando el informe de servicios y promociones y c) por vía del Amparo no se puede ascender al recurrente al grado de General de Brigada, porque importaría usurpar funciones de otros poderes.