Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 577/2002-R
Fecha: 20-May-2002
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV y 120-7ª de la Constitución Política del Estado, 7-8 y 102-V de la Ley N° 1836, APRUEBA la Sentencia revisada de fs. 78 a 79, dictada el 15 de marzo de 2002 por la Sala Civil Primera de la Corte Superior de Justicia de Santa Cruz.