Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 589/2002-R
Fecha: 23-May-2002
IMPROCEDENTE
3. La Resolución que sale de fs. 211 vta.-212, declara IMPROCEDENTE el Recurso, con los siguientes argumentos: a) no ha existido indefensión, por cuanto el recurrente fue personalmente notificado con la sentencia, no habiendo hecho en su oportunidad uso de ningún Recurso, b) pide nulidad de obrados, que es rechazada y no apelada y c) apela del auto de adjudicación, que es confirmado por la Corte porque no existen vicios procedimentales