Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 609/2002-R
Fecha: 23-May-2002
Fragmento 4
El representante del Ministerio Público requiere porque se declare procedente el Recurso con el argumento de que la autoridad recurrida fue sorprendida en su buena fe al haber realizado la investigación del caso denunciado, además de que el interesado tendría que haber hecho su trámite ante la Aduana Nacional para cumplir los requisitos exigidos para realizar la nacionalización de los vehículos y el no hacerlo constituye negligencia que la Aduana no suple.