AUTO CONSTITUCIONAL N° 34/2002-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL N° 34/2002-ECA

Fecha: 21-Jun-2002

CONSIDERANDO:

CONSIDERANDO: Que por memorial presentado el 13 de junio de 2002, el recurrente pide la aclaración, enmienda y complementación de la Sentencia 682/2002-R de 10 de junio de 2002, expresando que al habérsele restringido su derecho a litigar por la vía ejecutiva social, se ha violado los arts. 7 inc-h) y 32 de la Constitución Política del Estado, 1 incs. 11) y 13) de la Ley de Organización Judicial, 1, 52 y 56 del Código de Procedimiento Civil y 1465 del Código Civil; normas constitucionales y legales, referidas en el primer considerando de la Sentencia 682/2002-R, pero sobre las que no se pronuncia en su parte resolutiva.