Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 694/2002-R
Fecha: 14-Jun-2002
(fs.1)
2. Que, posterior a la ejecución de la citada sentencia, el recurrido dio curso a la solicitud de liquidación de asistencia familiar devengada presentada por la esposa del recurrente, efectuándose la liquidación a partir de la última liquidación hasta el 30 de septiembre de 2000, fecha en que se dictó la sentencia referida (fs.1); empero, al no cumplir el recurrente con el pago del monto de la liquidación, expidió mandamiento de apremio, en cuyo cumplimiento el recurrente se encuentra detenido según afirma en su recurso y reconoce el recurrido.