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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 777/2002-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 777/2002-R

    Fecha: 28-Jun-2002

    (fs.  904-908)

    3.    Que, el 17 de enero de 2002, el representado plantea cuestión previa de cosa juzgada ante el Juez recurrido, quien conoce el primer proceso referido en el punto 1 (fs.  904-908); empero, por Auto de 8 de mayo de 2002, dicha autoridad dispone que la considerará a tiempo de dictar sentencia (fs. 927).

    • VISTOS:
    • CONSIDERANDO:
    • 1)
    • procedente
    • (fs. 426 a 429)
    • (fs. 494-495)
    • (fs.  904-908)
    • no abarca a todas las formas en que el mismo puede ser infringido, sino sólo a aquellos supuestos en los que está directamente vinculado el derecho a la libertad personal o de locomoción
    • POR  TANTO:

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