Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 676/2002-R
Fecha: 10-Jun-2002
IMPROCEDENTE
3. La Resolución que sale de fs. 84-85, declara IMPROCEDENTE el Recurso, con el siguiente argumento: “De los antecedentes se evidencia que no ha habido ningún desconocimiento ni violación por la autoridad recurrida de los Derechos Constitucionales de los recurrentes señalados por la Constitución Política del Estado”.