Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 676/2002-R
Fecha: 10-Jun-2002
Por tanto:
Por tanto: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV y 120-7ª de la Constitución Política del Estado; 7-8ª y 102-V de la Ley 1836, APRUEBA con el fundamento precedente la Resolución REG/S.CII/MW/AMP-C/19/24.04.02 de 24 de abril de 2002, cursante a fs. 84-85, pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior de Cochabamba.