Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 697/2002-R
Fecha: 14-Jun-2002
(fs.84-86)
3. Que, el 8 de abril de 2002, por acuerdo suscrito entre el Gobierno y los dirigentes de la Confederación de los Trabajadores de Educación Urbana de Bolivia, se resolvió que una comisión conformada por representantes del Ministerio de Educación y la citada Confederación elaborará en el plazo de noventa días una nueva convocatoria (fs.84-86), determinación que es comunicada por el Director Departamental del Servicio Departamental de Educación al recurrido mediante memorando Nº 35/02 de 9 de abril de 2002, indicándose que la Convocatoria de 18 de marzo de 2002 queda sin efecto, y que deberá suspenderse toda actividad de publicación sobre unidades educativas vacantes (fs. 87).