SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 708/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 708/2002-R

Fecha: 17-Jun-2002

1.

1.  En su demanda presentada el 9 de mayo de 2002 (fs. 27 a 29),  el recurrente aduce que sus mandantes instauraron acción ejecutiva contra Conrad Fernández Infantes en el Juzgado Séptimo de Partido en lo Civil, en base a una letra de cambio que garantizó el pago de diversas ventas que se le realizó a crédito, quien, ante  esa demanda, el 12 de febrero de este año,  denunció a  sus representados ante la Policía Técnica Judicial (P.T.J.) en la División de Corrupción Pública por los supuestos delitos de falsedad ideológica y “abuso de firma en blanco”, siendo que este último  no está tipificado.

     Estima que lo expuesto demuestra que el Fiscal ha coartado el derecho a la petición y a la defensa de Fernando Giacoman Ríos y Olga Greguskova Kovalova, ha ocultado dolosamente el cuaderno de investigación, además de  haberse acreditado el maltrato  verbal y psicológico, el desprestigio personal, y, consiguientemente, la violación de los arts. 6, 7-h), 13, 16, 18 de la Constitución y 302 del Código Penal, por lo que interpone Recurso de Hábeas Corpus, pidiendo el cese de la persecución y procesamiento ilegales.

1)   En 31 de enero de 2002 (fs. 35 y 36),  Conrad Abad Fernández Infantes presentó ante el Fiscal Adscrito a la Policía Técnica Judicial (P.T.J.), denuncia contra los  representados del recurrente por la presunta comisión de los delitos de falsedad ideológica  y “abuso de firma en  blanco”, disponiendo el Fiscal Alberto Villegas García, en 4 de febrero, (fs. 36 vta.)  se reciba, con carácter previo, la declaración informativa del denunciante y se acumulen mayores elementos de convicción.