Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 714/2002-R
Fecha: 17-Jun-2002
PROCEDENTE
3. La Resolución que sale a fs. 47, declara PROCEDENTE el Recurso y sin efecto las providencias de fs. 183 vta. y 184 vta. del expediente original debiendo la autoridad recurrida hacer cumplir la sentencia ejecutoriada, con los siguientes argumentos: a) las providencias impugnadas desconocen una resolución judicial acabada, que debe ser ejecutada, sin alterar ni modificar su contenido y b) las referidas providencias están viciadas de nulidad y están en desmedro de la seguridad jurídica de los recurrentes, vulnerando los arts. 514 y 517 del Código Adjetivo.