Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 731/2002-R
Fecha: 21-Jun-2002
(fs. 28-29)
2. Que, el 27 de julio de 2001, el Gobierno Municipal de Llallagua dictó la Resolución Administrativa Nº 015/01 mediante la cual se deja sin vigencia y validez las aperturas de negocio que no hubiesen tenido actividad desde el 27 de julio de 2000, demostrada por el incumplimiento de pago de patentes o la inactividad desde tal fecha (fs. 28-29).