Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 735/2002-R
Fecha: 21-Jun-2002
PROCEDENTE
Que, concluida la audiencia, el Tribunal del Recurso de acuerdo con el dictamen fiscal dictó Sentencia declarando PROCEDENTE el Recurso fundamentando que los recurridos incurrieron en omisiones indebidas atentatorias al debido proceso y a la defensa en juicio al no haber observado que la demanda de medida preparatoria no contaba con firma de abogado como exige el art. 93 del Código de Procedimiento Civil, al haber actuado ultrapetita violando el art. 254-4) del mismo Código y al no considerar que la demanda preparatoria fue presentada contra Julio César Villarroel Tapia y luego la ejecutiva se formalizó contra Jaime Villarroel Durán, persona diferente a la primera.