Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 748/2002-R
Fecha: 25-Jun-2002
Por tanto:
Por tanto: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 19-IV y 120-7ª de la Constitución Política del Estado; 7-8ª y 102-V de la Ley N° 1836, APRUEBA la Resolución de fs. 129 a 133 de 22 de abril de 2002, pronunciada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro. De acuerdo con el art. 102-II de la Ley N° 1836 se dispone se remitan obrados al Ministerio Público, para efectos de la responsabilidad penal de los recurridos.