Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 778/2002-R
Fecha: 28-Jun-2002
3.
3. Concluida la audiencia el Tribunal de Hábeas Corpus pronuncia Resolución que declara procedente el Recurso, con los fundamentos de que los vocales recurridos han violado la ley y los principios fundamentales al ordenar se libre el mandamiento de detención formal contra la recurrente, vulnerando el art. 16-IV) de la Constitución Política del Estado, puesto que la libertad de la que goza la recurrente debe continuar hasta que exista sentencia ejecutoriada el encontrarse pendiente de resolución el recurso de casación.