SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 776/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 776/2002-R

Fecha: 02-Jul-2002

(fs. 5)

1.  Que, de lo expuesto en la demanda e informado por el apoderado del recurrido, el recurrente solicitó el 29 de junio de 1998, su renta única de invalidez a la Dirección de Pensiones, adjuntando para tal efecto un certificado médico expedido el 17 de abril de 1997 por un médico del Policonsultorio Central de la Caja Nacional de Seguridad, el cual diagnosticó al recurrente “ARTRITIS REUMATOIDEA”, “VICIOS DE REFRACCION” Y “FLEBITIS CRONICA” (fs. 5). Empero dicha petición, fue desestimada por la Comisión de Calificación de Rentas mediante Resolución Nº 05543 de 30 de septiembre de 2000, con el fundamento de que según el Informe Nº 437/98 de 7 de diciembre de 1998 expedido por el Tribunal Nacional Calificador de Incapacidades, el recurrente no “presenta patología común invalidante” (fs. 64). Contra esa resolución el recurrente no interpuso ningún recurso.