Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 783/2002-R
Fecha: 02-Jul-2002
Por tanto:
Por tanto: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 19-IV y 120-7ª de la Constitución Política del Estado; 7-8ª y 94 de la Ley N° 1836, con los fundamentos precedentes APRUEBA la Resolución de fs. 83 a 84 de 3 de mayo de 2002, pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba.