SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 806/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 806/2002-R

Fecha: 08-Jul-2002

valorando los antecedentes de la investigación

Que en el caso que se examina, la Jueza Cautelar recurrida, valorando los antecedentes de la investigación, así como la imputación formal presentada por la Fiscal, mediante Auto motivado, ordenó la detención preventiva de los representados de los recurrentes; pero no por ese acto jurisdiccional, puede considerarse que ha cometido acto ilegal, al contrario, ha enmarcado su conducta  a lo previsto por los arts. 233, 234 y 235 del Código de Procedimiento Penal.

Que por lo precedentemente referido, no hay lugar a otorgar la tutela demandada. Sin embargo se deja claramente establecido que por naturaleza, las medidas cautelares no son definitivas, pudiendo ser revocadas o cambiadas, cuando nuevos elementos de juicio demuestren que no concurren los motivos que la fundaron, como se desprende de los arts. 239 inc. 1) y 250 del Procedimiento Penal.