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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 824/2002-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 824/2002-R

    Fecha: 15-Jul-2002

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    • no coarta el derecho que tienen terceros interesados  en comercializar  cueros de esa naturaleza, pudiendo aquéllos ejercitar libremente el derecho  a trabajar y dedicarse al comercio conforme dispone el art. 7-d)  de la C. P. E
    • Por tanto:

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