Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 827/2002-R
Fecha: 15-Jul-2002
Fiscal tienen la facultad de investigar
“Que la Policía y el Fiscal tienen la facultad de investigar, más aún si se trata de delito flagrante, actuaciones que desde ningún punto de vista implican un juzgamiento propiamente dicho, pues hasta ese momento no ha existido imputación formal ante el órgano jurisdiccional correspondiente y menos se ha concluido la investigación, momento último en el que recién se requiere del licenciamiento para que el Abogado pueda ser sometido a proceso”.