Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 827/2002-R
Fecha: 15-Jul-2002
IMPROCEDENTE
3. La Resolución que sale a fs. 30-31 declara IMPROCEDENTE el Recurso, bajo el fundamento: a) el Fiscal recurrido actuó de acuerdo a Ley, ordenando la aprehensión de los imputados al existir flagrancia en su participación y b) no ha existido violaciones a derechos y garantías constitucionales de la recurrente, quién goza de libertad con medidas cautelares.