Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 834/2002-R
Fecha: 15-Jul-2002
1.
1. El abogado de la recurrente ratifica los términos del Recurso planteado y los amplía manifestando: a) se ha planteado el recurso a consecuencia de la privación de la libertad física dispuesta por varios arraigos ordenados por incumplimiento de obligaciones tributarias; b) la jurisprudencia del Tribunal Constitucional establece que para el cobro de deuda no es posible la restricción de libertad la que procede por delitos y no por obligaciones tributarias.