SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 879/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 879/2002-R

Fecha: 25-Jul-2002

heredera forzosa del de cujus a la recurrente

5.   A través del oficio de 30 de abril de 2002, la Directora General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Defensa Nacional comunicó a la recurrente que habiéndose presentado reclamos sobre los derechos emergentes del fallecimiento de su esposo, corresponde que acuda ante la autoridad jurisdiccional competente para que determine el porcentaje legal de participación de cada uno de los herederos (fs. 3 y 39).