SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 882/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 882/2002-R

Fecha: 26-Jul-2002

1.

1.   El abogado del recurrente ratifica los términos del recurso planteado y los amplía manifestando que los arts. 6 y 13 de la Ley Nº 1602 de 15 de diciembre de 1994 establece  en forma clara que para el cumplimiento de las obligaciones impositivas como fuerza coercitiva  únicamente corresponde imponer, en su caso,  el embargo y no así el arraigo  que es de aplicación estricta en materia penal.