SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 894/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 894/2002-R

Fecha: 29-Jul-2002

CONSIDERANDO:

CONSIDERANDO: Que el  presente Amparo ha sido formulado por la recurrente   alegando que el Juez recurrido ha ordenado el lanzamiento del inmueble de su propiedad, como emergencia de un proceso interdicto de recobrar la posesión en el que no ha sido parte y no fue nunca notificada, lo que atenta contra su derecho a la propiedad, reconocido por el art. 7-i) de la Constitución. Corresponde analizar, por ende, si tales  aseveraciones son ciertas y, de serlo, si dan lugar a  otorgar la tutela que brinda este Recurso.

CONSIDERANDO: Que el Amparo Constitucional ha sido instituido como un Recurso extraordinario que otorga protección inmediata contra los actos ilegales y las omisiones indebidas de autoridades o particulares que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir  derechos y garantías fundamentales de la persona, reconocidos por la  Constitución y las Leyes, siempre que no hubiera otro medio o recurso legal para la protección inmediata de esos derechos.