I.1. Antecedentes
Mirian Gutiérrez León refiere que mediante Ordenanza Municipal 119/94 de 19 de octubre de 1994 se dispuso la expropiación de su inmueble ubicado en calle 21 esquina Inofuentes de la zona de Calacoto de la ciudad de La Paz, la misma que no se efectivizó, pese a haberse apersonado y haber acreditado su derecho propietario. Continúa señalando que posteriormente se dictó la Ordenanza Municipal 050/97 de 27 de junio de 1997 actualizando la expropiación del inmueble de su propiedad, instancia en la que se apersonó Jorge A. Mendizabal alegando tener mejor derecho propietario, con título que se encuentra objetado en demanda de mejor derecho interpuesta por Walter Kaune Arteaga y Mario Cordero Miranda en el Juzgado Undécimo de Partido en lo Civil de La Paz, que se encuentra con sentencia aún no ejecutoriada. Agrega que ante la determinación del Gobierno Municipal de La Paz sobre el justiprecio del referido inmueble, su persona impugnó la misma sin que desde entonces se le hubiera hecho conocer diligencias ulteriores del procedimiento expropiatorio.
Afirma que en 30 de noviembre de 1999 la Alcaldía Municipal de La Paz formuló oferta de pago seguida de consignación ante el Juzgado Séptimo de Partido en lo Civil contra Mirian Gutiérrez León, Mario Cordero Miranda, Jorge Armando Mendizábal y Remberto Avilés Porrez, conceptuados indistintamente como propietarios o personas que tienen interés legítimo con referencia al mismo inmueble y que el 10 de mayo de 2001 el Gobierno Municipal de La Paz apareció exhibiendo dentro del referido proceso, un convenio suscrito por el presunto propietario Jorge Armando Mendizábal Rivera. Prosigue refiriendo que interpuso recurso de reposición bajo alternativa de apelación de la resolución que dispuso el desglose y endoso del título valor que constituía el pago por indeminización, apelación que se encuentra radicada en la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito de La Paz, y que en ese estado del proceso el Gobierno Municipal de La Paz dictó la Ordenanza Municipal 051/2002 de 10 de abril de 2002 suscrita por el Alcalde, Juan del Granado.
- Mirian Gutiérrez León
- I.1. Antecedentes
- I.2. Argumentos jurídicos del recurso
- I.3. Petición
- II. ANÁLISIS DE LA EXISTENCIA DE CONTENIDO JURÍDICO CONSTITUCIONAL
- no existe ningún argumento jurídico que sustente que el Gobierno Municipal de La Paz haya usurpado la competencia del Juez Séptimo de Partido en lo Civil de La Paz,
