SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1002/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1002/2002-R

Fecha: 16-Ago-2002

procedente

 Concluida la audiencia el Tribunal de Amparo luego del plazo otorgado para elevar el expediente, pronuncia  Resolución que declara procedente  el Recurso con los siguientes fundamentos: 1) que al contraer el préstamo de $us. 4.500.- la coactivada no constituyó hipoteca sobre el 50% del terreno sino sólo una garantía patrimonial, empero el Juez ordenó que esta garantía se la registre como gravamen hipotecario, actuando en forma ultra petita y al margen de lo establecido por los arts. 1361 y 1363 del Código Civil (CC); 2) cuando el coactivante intentó la acción el 15 de agosto de 2001, se encontraba en vigencia la Resolución emitida por la Corte Suprema de 6 de mayo de 1994, que determinaba la competencia de los Jueces Instructores de Bs1.00.- hasta Bs30.000.- y en esa fecha la suma perseguida convertida en moneda nacional era de Bs30.060.- de manera que la ejecución de la deuda escapaba de la competencia del Juez demandado.