SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1004/2002-R
Fecha: 16-Ago-2002
I.1.1. Hechos que motivan el recurso.
En el Juzgado Segundo de Instrucción Cautelar en lo Penal se dicta Auto de enjuiciamiuento contra Agapito Edil Justiniano Rocha y Patricio Justiniano Rocha por la supuesta comisión de los delitos de estafa y estelionato previstos por los arts. 335 y 337 del Código Penal (CP) emitiendo los respectivos mandamientos en 1 de junio de 2001, los que son representados por el Cabo Omar Huayllani Silvestre después de un año en 10 de junio de 2002, en sentido de no haber sido habidos los imputados presumiendo que se ocultaban maliciosamente, motivando que la querellante solicite la citación mediante edictos y que la Jueza de la causa de oficio mediante decreto de 11 de junio de 2002, libre los mandamientos de aprehensión con facultades de allanamiento sin señalar los domicilios a allanarse.
Refieren que el 18 de junio del año en curso, el mencionado funcionario policial ejecuta dichos mandamientos allanando los domicilios de sus padres como el del suegro del co-recurrente Patricio Justiniano Franco, por lo que después de los atropellos cometidos se hizo conocer al policía que en ninguno de los domicilios allanados vivían las personas que consignan los mandamientos, aclarándole que sus nombres son Agapito Justiniano Franco y Patricio Justiniano Franco, personas diferentes a los procesados y no obstante de ello continúa persistiendo en su ilegal persecución, actuación temeraria que trata de coartar sus legítimos derechos a la defensa como de lograr su detención en forma abusiva, injusta e ilegal, lo que constituye procesamiento y persecución indebidos e ilegales.
- Agapito Edil Justiniano Franco y Patricio Justiniano Franco contra Miriam Durán Rivera, Jueza Segunda de Instrucción en lo Penal y Omar Huayllani Silvestre, Cabo de Policía
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso.
- a)
- 1)
- El representante del Ministerio Público
- improcedente
- II.1
- II.2
- II.3
- III.1
- III.2
- procedente