SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1004/2002-R
Fecha: 16-Ago-2002
III.2
III.2 Con relación a la ejecución de los mandamientos de aprehensión por parte del Cabo Omar Huayllani Silvestre, si bien actuó en cumplimiento de una orden judicial, sin embargo ante la aclaración de no corresponder la identidad de los nombres que ellos consignaban y las personas de los domicilios allandos, debió abstenerse de cualquier actuación y representar tal situación ante la autoridad jurisdiccional, y al no haberlo hecho incurrió en acto ilegal que atenta contra la libertad de los recurrentes, vulnerando de esta manera el art. 9 CPE, circunstancia que hace viable la tutela solicitada al ser evidente la persecución ilegal aducida por los recurrentes, caso en el cual abre su ámbito de protección el hábeas corpus que ha sido instituido por el art. 18 de la Ley Fundamental para precautelar la libertad de las personas ante cualquier arbitrariedad e ilegalidad
- Agapito Edil Justiniano Franco y Patricio Justiniano Franco contra Miriam Durán Rivera, Jueza Segunda de Instrucción en lo Penal y Omar Huayllani Silvestre, Cabo de Policía
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso.
- a)
- 1)
- El representante del Ministerio Público
- improcedente
- II.1
- II.2
- II.3
- III.1
- III.2
- procedente