SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1013/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1013/2002-R

Fecha: 20-Ago-2002

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

Por memorial  presentado el 26 de junio de 2002, de fs. 15 a 19, el recurrente manifiesta que tras reincorporarse a su trabajo luego de haber usado sus vacaciones anuales, el 23 de marzo de 2002, la autoridad recurrida, mediante Memorando 01/2002 le agradeció sus servicios, sin razón ni motivos legales, sin que haya revocado tal decisión pese a sus súplicas.

Señala que el SEPCAM pasó a depender de la Prefectura del Departamento, por lo que está sujeto al Estatuto del funcionario prefectural aprobado mediante Resolución Prefectural 84/99 de 26 de mayo de 1999, normativa que prevé las causales por las que el servidor puede ser despedido directamente sin proceso previo, sin que haya incurrido en ninguna de ellas.